Beneficios fiscales, ¿beneficios para quién?

El ingreso por impuestos del Estado español respecto al PIB es mucho menor a la media europea, pero no es por la economía sumergida, sino por un sistema regresivo.  

Tal como nos indica el artículo 31 de la Constitución Española, los impuestos se pagan en función de la capacidad económica de cada uno. Cuando queremos analizar los impuestos que se pagan en todo un país, nos tendremos que fijar en su PIB, que es la forma de medir su riqueza como medida de su capacidad de contribuir. En la Eurozona, en promedio, los estados ingresan en impuestos el equivalente al 46,8% de su PIB. En España, este porcentaje baja hasta el 38,6% de, es decir: 8,2 puntos menos de recaudación que en Europa. Estamos hablando de más de 88.000 millones de euros cada año. Creo que se habla poco de este asunto así que intentaré buscar algunas explicaciones a este “fenómeno”.

Lo primero que pensaréis al observar estos ocho puntos de menos recaudación en España es que tenemos mucha economía sumergida. Pues no, no es ese el motivo. Aunque España se sitúe en el tercer puesto europeo en nivel de economía sumergida (y el consecuente fraude fiscal asociado) ésta, por definición, no está contabilizada en el PIB. Así que la menor recaudación relativa no viene explicada por la economía sumergida. Entonces, si aquí se recauda sustancialmente menos que los países de Europa será porque tenemos unos impuestos más bajos, ¿verdad? Veámoslo. El tipo máximo por IRPF se sitúa, de media en la UE, alrededor del 39,3%. En España el tipo máximo está en el 46%. ¿Y el IVA? ¿No será que tenemos un IVA muy bajo? Justamente este impuesto ha subido en cinco puntos en muy poco tiempo hasta situarse en el 21%, al mismo nivel que muchos países de la UE. El impuesto de sociedades estaba el 2014 en un 30%, de los más altos de la UE, aunque luego pasó al 25% sigue estando en la franja alta. Entonces, os preguntaréis, ¿si los tipos impositivos son tan altos, como es que la recaudación es tan baja? La explicación la tenemos en la ineficiencia del sistema tributario español.

Pero, ¿por qué se produce esta ineficiencia? Desde mi punto de vista por dos motivos. El primero, es por causa del modelo de administración tributaria de inspiración represiva, que se muestra fuerte con los débiles y débil con los fuertes. En segundo lugar, tenemos una legislación pensada para favorecer los lobbys. Estos se preocupan de introducir “agujeros” en la norma tributaria por donde escapa su tributación. Estos agujeros se llaman, paradójicamente, beneficios fiscales. Son beneficios para ellos, pero pérdidas para el resto. En los presupuestos generales del Estado se estiman en el orden de 35.000 millones de euros lo cual representa un 23% menos de recaudación. A continuación deberíamos añadir los beneficios fiscales de las comunidades autónomas y de las administraciones locales y tendríamos la justificación de buena parte de la ineficiencia del sistema tributario español.

Los beneficios fiscales son un mecanismo legal que conlleva una reducción efectiva de las cantidades a pagar en concepto de impuestos. Su finalidad se justifica, teóricamente, para estimular el logro de objetivos de interés general más elevados que la propia recaudación de impuestos, aunque este aspecto no está recogido en la normativa tributaria de forma explícita. El contenido de los beneficios fiscales puede consistir tanto en una exención tributaria (es decir, no pagar nada), como en otras medidas que hagan disminuir la base imponible, la cuota tributaria o bien el tipo de gravamen a aplicar, de forma que, al final, acabe pagando sustancialmente menos de lo que, de forma ordinaria, tocaría. Insisto en que no se trata de ninguna ilegalidad, al contrario: su previsión nace de una ley. Por tanto, las decisiones legislativas en favor de los beneficios fiscales responden a la presión de lobbies que determinan la voluntad del legislador. No os extrañe, pues, que los principales beneficiarios no sean las rentas bajas.

Y es que los beneficios fiscales inciden en la progresividad efectiva del sistema tributario ya que conllevan una erosión en las bases de recaudación. Y más teniendo en cuenta que estas disminuciones de la carga tributaria no siempre se adoptan para favorecer los contribuyentes más modestos sino que, en la mayor parte de los casos, benefician a quien más impuestos debería declarar.

Lo más sorprendente (o no) es que el Gobierno no hace recapitulación al final del ejercicio de los beneficios fiscales. ¿Realmente subieron a la cifra que inicialmente calcularon? ¿Qué impacto real tuvieron? ¿Se alcanzaron los objetivos sociales pretendidos? Nada de nada. Una vez introducido un beneficio fiscal, este queda incuestionado año tras año. En realidad, actúan como una subvención directa, con la ventaja de que no hay que rendir cuentas de lo que se ha hecho con ese dinero público para el que escapan de todo control.

Por este motivo, desde la Plataforma por una Fiscalidad Justa denunciamos en un nuevo informe titulado « Beneficios fiscales, ¿beneficios para quién? » la poca transparencia y el carácter regresivo del actual sistema de beneficios fiscales. De los 42.148 millones de euros de beneficios fiscales (entre estatales y catalanes) se han analizado 7.991 millones, para concluir que cada año se pierden entre la hacienda autonómica y la estatal 5.501 millones de euros en beneficios fiscales discutibles tanto por su utilidad pública como por su carácter regresivo.

El informe analiza una selección de beneficios fiscales de cuatro grandes impuestos, Sucesiones y Donaciones, Patrimonio, Renta de las personas físicas y Sociedades, llegando a la conclusión de que en gran parte de los casos, no se ha encontrado la justificación ni el apoyo constitucional de la finalidad pública de interés social que se quiere perseguir con la implantación de los beneficios fiscales. No existen indicadores de seguimiento ni de evaluación de la idoneidad de los instrumentos utilizados para estos beneficios fiscales ni de valoración de la proporcionalidad entre la conducta exigida y la cuantía del beneficio. En el impuesto de sucesiones y donaciones se han encontrado 336 M de € y en patrimonio 1.288 M de € relativos a los bienes afectos a actividad económica, a participaciones en entidades y en acciones exentas que presentan criterios dudosos de justificación y que permiten incluso la ingeniería empresarial para eludir el pago de impuestos.

En el caso del impuesto sobre sucesiones hemos constatado como los beneficios fiscales en su conjunto sobrepasan incluso el nivel de recaudación esperado del impuesto (sobre un presupuesto de 436 millones los beneficios son un 325% más elevados).

En el impuesto sobre la Renta de las personas físicas hay 3.154 millones de euros en beneficios fiscales que presentan un carácter regresivo: cuanto mayor es el nivel de renta, más beneficio fiscal obtiene el contribuyente. Entre ellos cabe destacar la reducción de la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión y planes de pensiones o las deducciones por familia numerosa o personas a cargo. La mayoría de las personas peor remuneradas no se benefician de las deducciones y ventajas fiscales, al no estar obligadas a presentar la declaración de la renta anual, la mayoría de las cuales son mujeres. Estos beneficios acaban repercutiendo sobre las rentas medias y las altas, dejando de lado el grueso de población que presenta a los más necesitados por ser perceptores de las políticas sociales.

Constatamos la ineficiencia de querer hacer políticas públicas por la vía del establecimiento de beneficios fiscales en todo lo relativo a vivienda, rentas mínimas o políticas familiares. La falta de transparencia y definición de objetivos de las políticas así como ausencia de su seguimiento y evaluación hace imposible observar la efectividad de las mismas.

En el Impuesto de Sociedades denunciamos que el 63% de los beneficios fiscales no pueden estar vinculados a ningún tipo de política pública concreta para justificar su beneficio y esto hace que las razones de su establecimiento sean difícilmente justificables con criterios de interés público. Mientras todos los beneficios fiscales, según la memoria de 2017, van a la baja, únicamente aumenta y en un 173% los beneficios fiscales para la aplicación de tipos reducidos para las sociedades de inversión pasando de 85,54 millones de euros a 233,97 millones de euros (252,91 millones de euros en el proyecto de presupuestos para 2018). Para las SOCIMI, el incremento es espectacularmente escandaloso ya que figuran con 260,57 millones de euros adicionales en los Presupuestos Generales de 2018.

Por todos estos motivos la Plataforma por una fiscalidad justa reclama una liquidación contable publicada (en presupuesto cerrado) del importe que ha comportado a final de ejercicio (cifra real) la aplicación de los beneficios fiscales. Apostamos por unas administraciones públicas que hagan política social desde las políticas de gasto, ya que es desde esta vertiente que pueden tener un mayor control y seguimiento de los recursos, siempre escasos y no a través del establecimiento de beneficios fiscales menos controlables y a menudo regresivos. La modificación de aquellos beneficios fiscales que son regresivos o difícilmente justificables.

También exigimos el fin del tratamiento privilegiado en el reducción de los tipos en las sociedades de inversión. Pedimos una eliminación del régimen fiscal especial para las SOCIMI y las SICAV dado su carácter especulativo.
Con este informe la Plataforma por una fiscalidad justa pretende abrir este debate y contribuir a una gestión más transparente de los recursos públicos.  

XAVIER MARTÍNEZ GIL 
PLATAFORMA POR LA JUSTICIA FISCAL

Blog de El Salto: «Justicia Fiscal»

 

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